Los agentes no se habrían identificado ni habrían explicado los motivos por los que habría llevado a cabo dos inmovilizaciones temporales.
La Asociación Europea de Ciudadanos Contra la Corrupción (AECC) ha dado a conocer lo que considera un “nuevo escándalo de la Policía Local de Pinto” tras la detención en julio de su subinspector dentro de la ‘Operación Enredadera’, y la de su predecesor en el cargo, Gervasio Villaverde, por presunto intrusismo y falsedad en documento público. El cuerpo ha sido ahora denunciando ante el Juzgado de Guardia de Madrid por dos presuntas retenciones ilegales cometidas el pasado 9 de septiembre.
Las denuncias | En la primera denuncia, E.M.C. cuenta que “un hombre de estatura media, con poco pelo y sudadera”, y equipado con un walkie-talkie, le pidió su documentación en la calle Ecuador enseñando como identificación únicamente la cadena de la que colgaba su placa. El agente de paisano cuestionó la veracidad de su DNI, por lo que comenzó a interrogarle para, posteriormente, trasladarle a las dependencias policiales pinteñas con el fin de verificar sus datos. Tras quince minutos y comprobar que todo estaba correcto, fue puesto en libertad.
El escrito asegura que podrían haberse cometido delitos contra la libertad individual o por detención ilegal, además de varias infracciones del protocolo de actuación de Policía Local “por no identificarse, ir sin pareja, interrogarme sin estar yo asistido ni conocer el motivo, obligarme a ir a comisaría y retenerme sin darme motivo alguno”. Para verificar lo ocurrido E.M.C. ha pedido que se soliciten tanto las imágenes de las cámaras de seguridad del edificio de Policía Local y de la plaza de la Constitución, como los datos del agente que le retuvo.
El otro caso tuvo lugar en el Punto de Encuentro Familiar de Pinto, donde que cada semana J.M.R.F. se reúne con su hijo. El denunciante asegura que fue interrogado en el mismo centro por un agente de paisano “en actitud agresiva y chulesca” al término de una de sus visitas, y ante la presencia de otras personas como dos técnicos municipales. El policía, a raíz de unas supuestas amenazas a la madre de su exmujer, habría querido saber si conocía a una persona que estaba sentada en una terraza y si había acudido acompañado.
De nuevo el agente no se identificó ni explicó los motivos de la retención “cuando era evidente que difícilmente, llevando yo una hora en el Punto de Encuentro, puedo ser responsable de cualquier acoso”. J.M.R.F. considera que fue interrogado “sin la presencia de ningún otro agente como es perceptivo, o de su abogado”, siendo además vulneradas su intimidad y privacidad.
Lo que dice la Ley | Desde la entrada en vigor de la Ley de Protección Ciudadana en 2015 cualquier ciudadano sospechoso de haber participado en alguna actividad delictiva puede ser trasladado a comisaría para su identificación y retenido durante un máximo de seis horas. Sin embargo los agentes “deben agotar todos los medios (incluidos los telemáticos) in situ para lograr la identificación”, además de entregar un “volante acreditativo del tiempo de permanencia, causa e identidad de los agentes actuantes”.
De ser ciertos ambos relatos, en ninguno de los casos los policías se identificaron ni explicaron los motivos de las retenciones. Además en el primero el agente debió corroborar los datos del DNI haciendo uso de su walkie-talkie. Por ello las dos personas, asesorados por la AECC, han presentado sendos escritos por registro en el Ayuntamiento de Pinto para informar de los hechos y conocer “qué medidas urgentes tomará este consistorio para que jamás se produzca un abuso similar en su municipio”.
Fuente: ZIGZAG digital