Se hallan en el limbo jurídico y no están sometidos a supervisión, pero son decisivos, por ejemplo, en las sentencias sobre custodia y patria potestad. Una asociación solicita que se acabe con estos “funcionarios fantasma”.
Uno de los problemas endémicos, desde hace décadas, que aquejan a los juzgados de familia es el de los servicios psicosociales.
Se trata de una figura que está en el limbo legal, porque ni siquiera está regulada, pero que, a pesar de eso, tiene un papel decisivo en las sentencias sobre casos de divorcio y custodia de los hijos.
Los jueces tienden a admitir los informes de esos equipos, los cuales suelen carecer de rigor y pecan de subjetivos y tendenciosos.
El resultado es negativo a la hora de impartir justicia y resolver litigios en un tema tan sensible, sobre todo porque afecta a menores.
A eso ha llevado a la Asociación Europea de Ciudadanos contra la Corrupción a pedir a la Consejería de Justicia de la Comunidad de Madrid la suspensión cautelar e inmediata de los servicios psicosociales en los juzgados de la capital.
También solicita que se forme un equipo de trabajo que verifique científicamente el posible daño causado a los menores y sus familias.
Se trata de la primera denuncia de este género contra una figura tan controvertida que, a estas alturas, sigue sin estar regulada.
Solicitud de la suspensión de los equipos psicosociales adscritos a los juzgados de la Comunidad de Madrid.
Aunque no es la primera vez que esta Asociación advierte de la ilegalidad y el mal funcionamiento de los equipos psicosociales.
En mayo de 2016 señalaron a la Comunidad el peligro que para la salud publicaba representaba, al tratar esos equipos asuntos relativos a la idoneidad parental (custodias y patria potestad), lo cual afecta al desarrollo psicoafectivo de los menores.
Alegó entonces la Consejería de Justicia de Madrid que no era el órgano competente para resolver la alegalidad de los equipos psicosociales, lo que no dijo es que sí dispone de capacidad y competencia para la suspensión de esos equipos.
La propia Comisión de Justicia del Congreso reconoce esa ilegalidad, al señalar tres aspectos:
- Que es preciso establecer unos requisitos de conocimiento y profesionalidad de los psicológos y psiquiatras forenses; que falta regulación y que la actividad de esos equipos no tiene encaje en la Ley de Enjuiciamiento Civil.
- De hecho, la Ley de Enjuiciamiento Civil contempla la intervención de peritos en procedimientos judiciales, pero no la de equipos psicosociales.
- Como la ley se rige por el principio de legalidad, lo que no esté contemplado en la ley no existe y por lo tanto no forma parte del pleito civil.
“El equipo psicosocial no está en la ley (…) es un funcionario fantasma del Ministerio de Justicia”
En sus alegaciones, la Asociación Europea de Ciudadanos contra la Corrupción pone el dedo en la llaga al recordar que “el equipo psicosocial no está en la ley, no existe” (como se dijo en una comparencia en el Congreso cuando de debatió la Ley Orgánica del Poder Judicial). Por contraposición al forense que “está regulado y tiene su posición clarísima”, en tanto que el equipo psicosocial “es un funcionario fantasma del Ministerio de Justicia”.
Señala asimismo que –según parte de la doctrina- la llamada prueba psicosocial no puede considerarse como un dictamen de peritos, tal como la ley procesal configura esa prueba.
E incide en la falta de supervisión de la formación de esos equipos, por parte de la Consejería de Justicia, lo cual puede lesionar los derechos del menor. (La Convención de los Derechos del Niño, de 1989 establece que los Estados Parte se asegurarán que las instituciones y servicios… ejercerán conforme una supervisión adecuada”.
Muchos de esos equipos actúan con total impunidad, provocando un daño grave, por sus decisiones arbitrarias
No hay que olvidar que los miembros de esos equipos no disponen de especialidad clínica, y que es frecuente que cometan irregularidades como, por ejemplo, no grabar la prueba ni facilitar copia de los tests, lo que dejan en absoluta indefensión al justiciable.
Por no hablar de las sospechas de falta de independencia, habida cuenta que están adscritos al Juzgado en régimen de permanencia sin soporte legal. Y la independencia es esencial para hacer la prueba pericial.
Por todo ello, la Asociación pide la suspensión cautelar de los equipos, muchos de los cuales actúan con total impunidad provocando un daño grave, debido a su falta de preparación, su alegalidad y sus decisiones arbitrarias.
Fuente: Actuall